Documentos que debe presentar una persona residente para la transferencia de acciones a una persona residente fuera de la India a modo de obsequio:
i) Nombre y dirección del cedente (donante) y del cesionario (donatario).
ii) Relación entre cedente y cesionario.
iii) Razones para realizar el obsequio.
iv) En el caso de valores con fecha del gobierno y letras y bonos del tesoro, un certificado emitido por una CA sobre el valor de mercado de dicho valor.
v) En el caso de unidades de fondos mutuos nacionales y unidades de fondos mutuos del mercado monetario, un certificado del emisor sobre el Valor Liquidativo de dicho título.
vi) En el caso de acciones y obligaciones convertibles, un certificado de un Contador Público sobre el valor de dichos valores de acuerdo con las pautas emitidas por la Securities & Exchange Board of India o según cualquier metodología de fijación de precios aceptada internacionalmente en condiciones de plena competencia para las empresas que cotizan en bolsa y empresas no cotizadas, respectivamente.
vii) Certificado de la empresa india en cuestión que certifique que la transferencia propuesta de acciones / obligaciones convertibles mediante obsequio del residente al no residente no infringirá el límite sectorial / IED aplicable en la empresa y que el número propuesto de acciones / Las obligaciones convertibles en poder del cesionario no residente no excederán del 5 por ciento del capital desembolsado de la sociedad.
viii) Un compromiso del cedente residente de que el valor de la garantía que se transferirá junto con cualquier garantía ya transferida por el cedente, como regalo, a cualquier persona que resida fuera de la India, no exceda el equivalente en rupias de $ 50,000 durante un año financiero *.
ix) Una declaración del donatario aceptando acciones o warrants parcialmente desembolsados de que el donatario es consciente de la responsabilidad en cuanto a las reclamaciones atrasadas y sus consecuencias.
Consulte la "sección 2" de la Política consolidada de IED del anexo 3 en el enlace para obtener más información.
* Circular N ° 14 de AP (Serie DIR) de RBI con fecha 15.09.2011
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